AUTORIZACIONES DE USO TERAPÉUTICO: PROCEDIMIENTO

La FIPV tiene un acuerdo desde 2005 con la AEPSAD (Agencia Española de Protección de la Salud del Deporte) para la realización de los controles y procedimientos de lucha anti dopaje.

Como deportista, puedes estar enfermo o sufrir unas condiciones físicas que requieran de un tratamiento médico para recuperarte. Si los principios activos de la medicación que utilizas aparecen en la Lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte debes solicitar una Autorización de Uso Terapéutico (AUT). Para ayudarte a conocer si tu medicación requiere una AUT, la AEPSAD pone a tu disposición la aplicación de teléfono móvil y escritorio NoDopApp.

Una AUT es un certificado que emite la Organización Nacional Antidopaje de España, AEPSAD, o la FIPV y que te autoriza a utilizar a través de una vía de administración, en unas dosis concretas y durante un periodo de tiempo, un medicamento que contiene sustancias prohibidas en el deporte.

Condiciones para la concesión de una Autorización de Uso Terapéutico (AUT)

Para conceder la AUT, a través de la solicitud debes:

  • Demostrar mediante informes precisos y pruebas clínicas avaladas por un médico, que padeces una enfermedad.
  • Que la sustancia prohibida o método en cuestión es necesario para tratar un problema médico agudo o crónico de tal naturaleza que tu salud experimentaría un deterioro significativo si no fueras tratado.
  • Que es muy improbable que el tratamiento pueda producir una mejora de tu rendimiento superior a la que podría preverse al regresar a tu estado de salud normal.
  • Que no existe una alternativa Terapéutica razonable al uso de la sustancia prohibida.

El último responsable de la solicitud es el deportista o su representante legal, en caso de que sea menor de edad.

Proceso de solicitud de AUT

¿Dónde se debe solicitar?

Atendiendo al nivel competitivo del deportista, puede ocurrir que:

  • Si es Internacional y compite regularmente en eventos internacionales debe solicitar la AUT ante la FIPV. En este sentido el deportista debe presentar una solicitud de reconocimiento de dicha AUT ante la Federación internacional correspondiente. Si dicha AUT satisface los criterios previstos en el Estándar Internacional para Autorizaciones de Uso Terapéutico, la Federación Internacional debería reconocerla.
  • El deportista o la AEPSAD/FIPV dispondrán de 21 días desde la fecha de la notificación de la ausencia de reconocimiento para plantear la cuestión ante la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), manteniendo la validez de la AUT durante el periodo que transcurra hasta la decisión de la AMA.
  • Si es nacional, debe solicitar la AUT a la AEPSAD. Las solicitudes aprobadas a nivel nacional suelen ser reconocidas posteriormente por la Federación Internacional.

Formulario de Solicitud De Autorización de Uso Terapéutico

¿Cuándo hay que solicitarla?

Todo Deportista que necesite una AUT deberá solicitarla tan pronto como sea posible.

  • Para sustancias prohibidas solamente en Competición, deberás solicitar la AUT con al menos 30 días de antelación a tu próxima competición, salvo que se trate de una emergencia o de una situación excepcional.
  • En el caso de las sustancias prohibidas en todo momento, la solicitud de AUT deberás presentarla tan pronto como te diagnostiquen el problema.
  • En las situaciones de emergencia (carácter retroactivo), la solicitud se debe enviar en un plazo de 10 días a partir de la fecha de inicio del tratamiento, junto a los informes que justifiquen la situación de urgencia. Es imprescindible especificar en la solicitud la citada fecha de inicio del tratamiento (Solicitar que se autorice con efecto retroactivo).

¿Cómo se solicita?

Existen tres opciones para que puedas presentar tu solicitud de AUT:

  • Mediante ADAMS; Puedes solicitar a la AEPSAD una cuenta en ADAMS (sistema de gestión y administración antidopaje creado por WADA). Desde la AEPSAD te mandaremos un usuario y clave para que tú mismo puedas rellenar online el formulario de solicitud y adjuntar la información médica correspondiente. Podrás seguir en tiempo real el estado de tu solicitud. Además ADAMS te permite conocer el resultado de los controles de dopaje a los que te puedes ver sometido. Esta es la vía más rápida, y sin lugar a dudas te la recomendamos.

 Guía para la carga en ADAMS de AUTs

  • Debes descargarte el formulario de solicitud de AUT desde el sitio web de la Organización Antidopaje. Una vez cumplimentado y junto con las pruebas médicas, toda la documentación será remitida por correo postal. En el caso de la AEPSAD: Correo postal: CAUT. Plaza de Valparaíso número 4, 28016 Madrid.
  • A través del siguiente enlace externo, se abre una ventana a la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes

En los dos últimos casos, la Organización Antidopaje introducirá la información en ADAMS.

La AEPSAD/FIPV no admitirá a trámite ninguna solicitud que no esté correctamente cumplimentada y sin la documentación médica pertinente.

Valoración de la solicitud de AUT en la FIPV

Recibida la solicitud, en la FIPV se efectúa una primera revisión para determinar si la documentación está completa; a continuación la solicitud pasa a la valoración del Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico (CAUT) de la FPV, quien de un modo independiente y profesional valorará tu solicitud. El CAUT actúa con plena autonomía funcional en el desempeño de sus atribuciones.

Aprobación de la AUT

La AUT es válida desde la fecha indicada por el CAUT y durante el periodo que se especifica en la decisión emitida. El Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico adoptará su decisión normalmente dentro del plazo de 21 días hábiles desde la recepción de toda la documentación necesaria.

Si utilizas la sustancia prohibida antes de que la AUT haya sido aprobada, lo haces bajo tu propia responsabilidad; dicho uso constituiría una infracción de las normas antidopaje en el caso de que la AUT fuera denegada por el CAUT. No obstante, en situaciones de verdadera emergencia médica no deberá ponerse nunca en peligro la salud del Deportista por motivos administrativos

Comunicación de la decisión

Por correo postal certificado, siendo la propia FIPV quien te comunica por escrito la decisión adoptada, en, al menos, dos idiomas (castellano o ingles o francés). Además toda la información relativa al expediente que apoya la solicitud de AUT estará disponible en ADAMS para que la puedas consultar o generarte un certificado cuando lo necesites.

Reconocimiento de AUTs.

La carga en ADAMS de la solicitud de AUT, permite compartir información entre Organizaciones Antidopaje y por lo tanto evitar trámites burocráticos redundantes. El Artículo 4.4 del Código Mundial Antidopaje requiere que las Organizaciones Antidopaje reconozcan las AUT concedidas por otras Organizaciones Antidopaje que satisfagan las condiciones contempladas en el Artículo 4.1 del Estándar Internacional para Autorizaciones de Uso Terapéutico.

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