Ante el relato que se ha querido instalar durante los últimos días en redes sociales, así como en otros medios de comunicación, la FIPV se ve en la obligación de aclarar los siguientes puntos:
1- La designación de Pamplona como sede de la AG ha sido en sustitución de Caracas ya que debido al conflicto en Venezuela con motivo de la elección presidencial del 28 de julio y a la cancelación de varias rutas aéreas internacionales, se le notificó a la Presidenta de la Federación Venezolana el 15 de agosto, la cancelación del Campeonato del Mundo de Frontball en La Guaira y por consiguiente de la celebración de la Asamblea General ordinaria prevista durante dicho evento cuyas fechas habían sido definidas del 25 al 30 de noviembre 2024.
2-Las Federaciones afiliadas a la FIPV fueron notificadas de forma fehaciente con tres meses de antelación en cumplimiento del artículo 22 de los estatutos de la Federación Internacional de Pelota Vasca.
3-El orden del día, junto a la memoria de actividades, los balances e informes fueron puestos a disposición de las federaciones afiliadas con un mes de antelación tal como lo estipula el artículo 22. Los puntos sometidos a votación fueron adoptados con una amplia mayoría variando entre 77% y 100% de los miembros presentes.
4-El orden del día de la Asamblea General de la FIPV respondió plenamente al artículo 24 de los estatutos de la FIPV, incluyendo 9 puntos a ser tratados por la Asamblea General.
5-El 25 de septiembre de 2024, presencialmente en París y también por videoconferencia, con el voto unánime de los miembros de lla Junta Directiva de la Federación Internacional de Pelota Vasca, se decidió abrir un expediente disciplinario a la Federación Cubana y enviarlo a su comisión de disciplina para esta se expida.Se enviaron en tiempo y forma correos electrónicos certificados por parte de la comisión de disciplina los cuales no fueron respondidos por parte de la Federación Cubana la cual no hizo uso de su derecho a presentar alegaciones al respecto, perdiendo este tan preciado derecho. La apertura de dicho expediente se debió a la no participación de la selección cubana en la competición denominada Liga de Naciones realizada en la ciudad de París en septiembre de 2024 y clasificatoria para el Campeonato del Mundo de 2026. En un tiempo extremadamente corto, la Federación Cubana informó, a pocas semanas del inicio de la competición, de su no participación en el evento internacional y terminó por informar el 4 de septiembre de que no podría estar en París.
Los tres cambios ocurridos ocasionaron pérdidas económicas a la FIPV y a la Federación Francesa de Pelota Vasca (FFPB) ya que ambas federaciones habían decidido costear los gastos de hospedaje, manutención y transporte intra muros de la selección cubana. Cabe destacar también, que los tres cambios obligaron a rehacer el rol de juegos del certamen tres veces afectando a las demás delegaciones y a cancelar la reservación de un tercer trinquete en París.
Pasados los tiempos marcados por la normativa de 5 días naturales para alegaciones y sin haber recibido ninguna al respecto por parte del expedientado, la Federación Cubana y el Ministerio Cubano del Deporte (INDER) fueron notificados por correos electrónicos certificados . Ambos expedientes fueron abiertos y no contestados. La sanción por parte del comité de disciplina fue la separación provisional de un mes atendiendo esta nunca había sido sancionada.
6-Es ROTUNDAMENTE FALSO que se le impidió a la Federación Española de Pelota poder participar de la Asamblea General Ordinaria de la FIPV y consecuentemente ejercer su derecho a voto. Quien se encontraba sancionado por la Comisión de Disciplina de la FIPV era el Presidente de la Comisión Gestora, Don Julian Garcia Angulo y no la FEP, la sanción se produjo a raíz de una solicitud escrita emitida por la Confederación Árabe de Pelota Vasca por comentarios impropios en redes sociales, todos los demás miembros de la Comisión Gestora pudieron haberse presentado y ejercer el derecho a voto por parte de nuestra afiliada: tanto D. Baldomero Peralta y D. Felix Manzanero, en representación de la Comisión Delegada o Doña Pamela Berbegal, en representación de la Junta Directiva, cumpliendo así con el artículo 20 de los estatutos de la FIPV que indica:"Los delegados (titular y suplente ) en la Asamblea de la FIPV deben de formar parte de la estructura y estamentos de la Federación Nacional que representan"(cit).
En cambio la Comisión Gestora decidió que se haga presente el Sr. Jorge Lopez , sobrino de Don Julian Garcia Angulo, asalariado de la Federación Española en su calidad de árbitro nacional y Director de Competiciones. Vale aclarar que el Sr. López no pertenece a la Comisión Gestora por lo cual no tenía representatividad para emitir el voto durante la Asamblea.
7-El artículo 24 de los Estatutos de la FIPV estipula : "Únicamente podrá recaer votación sobre asuntos que figuran en el orden del día,salvo que por las 2/3 partes de los votos presentes se acordara tratar puntos que no figuran en el mismo"(cit).
Ante la presentación hecha por el Delegado de la Confederación Argentina de Pelota de poder tratar las siguientes cuestiones: a) modificación del voto ponderado, b) modificacion del articulo 10 sobre la base de la propuesta escrita presentada en julio 2023 por las Federaciones de Argentina , Francia y México, c)Darle respuesta a la inclusión de la Federación de Euskadi en la FIPV, tal como lo marca la Ley del Deporte de España, d) Creación de un Tribunal arbitral de la FIPV siguiendo el modelo de la FIBA, se consultó mediante voto a la Asamblea General ordinaria quien con el número de votos requeridos decidió darle paso al tratamiento y voto de los temas propuestos por Argentina.
Punto 8: las Federaciones presentes en la AG han ejercido su derecho a voto como marcan los estatutos sociales, como resultado las propuestas mencionadas por la Confederación Argentina reflejaron una amplia aprobación de todas las afiliadas presentes excepto la Federación Chilena (voto en contra), la Federación de Costa Rica (abstención).
Punto 9: de 2022 a 2024 se celebraron 15 reuniones de la Junta Directiva de la FIPV y 2 de Comité Ejecutivo .
La FIPV da por finalizado este tema y hemos enviado lo aprobado en Asamblea General de acuerdo y en concordancia con la ley del deporte promulgada por el Gobierno Español.
Consejo Directivo
FIPV